Ayudas Municipales a la Natalidad
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BASES REGULADORAS DE LA AYUDAS MUNICIPALES A LA NATALIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE VALENCIA DE DON JUAN
OBJETO
La presente normativa tiene por objeto regular el procedimiento de solicitud, tramitación y concesión de las Ayudas que el Ayuntamiento de Valencia de Don Juan concede por nacimiento o adopción de hijos.
NATURALEZA
La Ayuda consistirá en una prestación económica de pago único por nacimiento o adopción de hijo, que se otorgará en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en esta normativa.
BENEFICIARIOS
- Serán beneficiarios los progenitores o adoptantes del niño/a, titulares del libro de familia, en el que figure registrado su nacimiento o adopción. Si en el libro de familia figurase un solo progenitor, éste será el único beneficiario.
- En los supuestos de nulidad, separación o divorcio de los progenitores, el beneficiario de la prestación será el padre/madre a cuya custodia hayan de quedar los hijos, de acuerdo con lo establecido en el convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio.
- En ningún caso podrán ser beneficiarios los progenitores privados total o parcialmente de la patria potestad de sus hijos, o cuya tutela haya sido asumida por una institución pública.
- Los extranjeros que residan en el Ayuntamiento de Valencia de Don Juan podrán ser beneficiarios de esta prestación, siempre que cumplan las condiciones de la Ley Orgánica 4/2000, sobre Derechos y Libertades de los extranjeros en España y los requisitos establecidos en esta normativa.
COMPATIBILIDAD
La percepción de esta prestación será compatible con otras ayudas para la misma finalidad concedidas por el Estado y otras Administraciones Públicas.
REQUISITOS
- En el momento de la solicitud, los beneficiarios, titulares del libro de Familia, deberán estar empadronados en el Ayuntamiento de Valencia de Don Juan y ambos deberán de contar con una antigüedad de doce meses ininterrumpidos.
CUANTÍA
La cuantía de la prestación será de 300,00 € por hijo nacido o adoptado.
DOCUMENTACIÓN
La solicitud deberá ir acompañada de la fotocopia de los siguientes documentos:
- Instancia normalizada junto con el D.N.I. de los beneficiarios.
- Libro de Familia.
- Convenio regulador o sentencia judicial de nulidad, separación o divorcio, en su caso.
- Certificado de cuenta bancaria donde se efectuará el ingreso de la Ayuda.
El Ayuntamiento comprobará de oficio la efectividad de la matrícula de los alumnos por los que se solicita la prestación.
PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
- El plazo de presentación de la solicitud será de tres meses a contar desde el día siguiente al nacimiento del niño/a o en el caso de adopción, a partir del día siguiente a la inscripción en el libro de familia.
- Las solicitudes presentadas fuera de plazo fijado, serán inadmitidas mediante resolución motivada que se notificará a los interesados.
Modelo de solicitud
VIGENCIA
Las Ayudas a la natalidad entrarán en vigor a partir de la publicación de las bases de convocatoria y ésta normativa afectará en adelante a todas las solicitudes que se presenten referidas a nacimientos o adopciones sucedidos en el municipio desde el día16 de junio de 2007, en tanto en cuanto no se modifique expresamente su articulado o su periodo de vigencia.
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